
Fondo de Ahorro Habitacional
– Fomento de ahorro y desarrollo de programas sociales
– Financiamiento a instituciones y cooperativas autorizadas
– Disminución del déficit habitacional
Objetivos:
– Sustentar financieramente el desarrollo de la política nacional de vivienda
– Brindar soluciones habitacionales de interés social, completas, progresivas y complementarias.
– Satisfacer las necesidades económico sociales, en sectores de interés social
¿Quiénes pueden aplicar?
Todas aquellas instituciones autorizadas por el Consejo Nacional de Vivienda (Conavi), para utilizar los recursos del Fondo de Ahorro Habitacional en programas habitacionales.
Las instituciones autorizadas, entre otros requisitos, debe contar con capacidad de endeudamiento y mantener una cartera hipotecaria que pueda respaldar la solicitud de financiamiento.
Requisitos para solicitar financiamiento para instituciones autorizadas
-Nota de solicitud firmada por el representante legal dirigido al Consejo Nacional de Vivienda.
– Resolución por la que Conavi, lo reconoce como institución autorizada.
– Llenar el formulario de solicitud de solución habitacional
– Detalle de las garantías, con certificado del Registro Público de fincas y avalúos actuales, entre otros.
Hipotecas elegibles para sesionar
Hipotecas residenciales cuyo plazo de amortización no exceda 30 años
Hipotecas residenciales cuyos prestatarios se encuentren al día en el pago de sus mensualidades
Hipotecas residenciales que tengan más de un año de haber sido desembolsadas
Tipo de soluciones habitacionales
Lotificación para desarrollo progresivo
Lotificación con servicios básicos e infraestructura
Unidades de viviendas de desarrollo progresivo
Construcción, adquisición, ampliación y remodelación de vivienda
Compra de vivienda
Sectores de interés social
Sector de interés social prioritario I: hasta B/.8,000.00
Sector de interés social prioritario II: desde B/.8,000.00 hasta B/.25,000.00
Sector de interés social prioritario III: desde B/.25,000.00 hasta B/.40,000.00
Financiamiento para instituciones autorizadas
Mínimo 200,000.00
Interés anual: 2.5%
plazo: 20 años (máximo)
Pagos: Trimestrales (capital e interés)
Garantía: Hipotecaria/Sesiones
Beneficiarios:
Al calificar los beneficiarios se le dará especial consideración al concepto de familia como grupo social sujeto a este beneficio.
- Todos los panameños
- Los extranjeros que tengan la condición de residentes, legalmente otorgada por las autoridades del país, y que tengan más de cinco (5) años de residir en Panamá.
- Las asociaciones cooperativas de viviendas, cuando se trate de financiamiento de programas habitacionales.